Hoy 04 de febrero terminaba el plazo para acogerse a la conocida popularmente como «Ley del Mono», sin embargo fue aprobada la prorroga que cambia la vigencia de 6 a 7 años la ley de regularización, lo que corresponde a febrero del 2023.
La ley 20.251 conocida como ley del mono, es una disposición especial que permite hacer una regularización simplificada que permite regularizar viviendas sociales cuya tasación no sea mayor a 520 unidades de fomento (U.F) y que su superficie no sea mayor a 140m2.
¿Qué requisitos debe cumplir la vivienda?
Para poder iniciar los trámites para la ampliación de casas, asegúrate que tu vivienda cumpla con lo siguiente:
- Haber sido construida antes de la publicación de la ley (4 de febrero de 2016).
- Que no se encuentre en áreas de riesgo o protección, en terrenos declarados de utilidad pública o en bienes nacionales de uso público (como calles, plazas, veredas o puentes). Si son de áreas urbanas, deberán estar ubicadas en suelo que admita el uso residencial.
- Tener una superficie que no supere los 90 metros cuadrados.
- Tener un avalúo fiscal de hasta 1.000 unidades de fomento. Si tu vivienda tiene 140 m cuadrados también podrás solicitarlo, mientras tenga un avaluó de no más de 2000 UF
- No tener reclamaciones pendientes por incumplimiento de normas urbanísticas.
- Cumplir con las normas que garanticen la habitabilidad, seguridad y estabilidad de las viviendas, y con aquellas aplicables a las instalaciones interiores de electricidad, agua potable, alcantarillado y gas que correspondan.
¿Qué debo presentar a la dirección municipal?
Si estás interesado en la ampliación de casas, debes presentar los siguientes antecedentes:
- Declaración simple que señale que eres propietario.
- Especificaciones técnicas resumidas y un plano de emplazamiento a escala 1:500 y un plano a escala 1:50.
- Informe del arquitecto o profesional competente que certifique que la construcción cumple con las normas de habitabilidad, seguridad, estabilidad e instalaciones interiores definidas en la Ley o las de la LGUC, según sea el caso.
- Certificado de avalúo otorgado por el Servicio de Impuestos Internos